• accidentes

ACCIDENTES / BAJA

Siéntase protegido ante cualquier imprevisto que pueda surgir.

El seguro de Accidentes tiene por objeto garantizar a las personas contra las consecuencias económicas derivadas de accidentes corporales, debidos a una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado, tanto en su actividad profesional como en su vida privada.  También en sus desplazamientos .

El Seguro de Accidentes tiene distintas denominaciones según sea el número de asegurados o la limitación de la cobertura a situaciones determinadas:

Seguro Individual, se limita a una sola persona identificada en la póliza que es el asegurado, mientras que el Tomador o contratante puede ser persona fí­sica o persona jurídica. El beneficiario o beneficiarios deberán estar especificados en la póliza. Las posibilidades de aseguramiento son 24 Horas o vida profesional, con lo que es un seguro que tendrá una prima en base a la profesión del asegurado.

Seguro Colectivo, es el que va dirigido a un grupo de personas con algún tipo características en común; empresas, colegios, asociaciones, etc… A diferencia de los seguros individuales la aseguradora no tiene porque conocer su identidad al inicio, sino que debe contar con algún medido de comprobación: TC2. libro de matrí­cula o de altas, etc… Son pólizas regularizables.

Seguro de Convenio Colectivos,  merecen una mención especí­fica, son seguros colectivos que vienen recogidos en la negociación de los Convenios Colectivos Sectoriales (Provinciales, Autonómicos, Estatales o de Empresa)  para ampliar las prestaciones de la Seguridad Social.

Seguros Escolares, pretenden cubrir los accidentes que puedan sufrir los alumnos matriculados mientras están bajo la tutela del Centro Escolar. Se establecen unas sumas aseguradas para las diversas coberturas contratadas teniendo una importancia relevante los derivados de Asistencia Sanitaria en Centros de Libre Elección, aquí se pueden incluir los derivados de prótesis y asistencias dentales.  Se pueden asegurar a profesores, alumnos o padres.

Seguros de Viaje, da cobertura durante un tiempo concreto.

Los seguros de Accidentes pueden garantizar:

– Fallecimiento

– Invalidez Absoluta,  el asegurado queda inhabilitado para realizar todo tipo de trabajo o actividad laboral.

– Invalidez Permanente Total, el asegurado queda incapacitado para realizar su trabajo o profesión habitual.

– Invalidez Permanente Total o Parcial, en relación al baremo de la póliza contratada.

– Invalidez Permanente  Progresiva, se indeminizará al asegurado de acuerdo a valoraciones superiores a la modalidad tradicional, las opciones mas tí­picas son al 225% y al 350%, pudiendo llegar en caso de indemnización del 100% en dicha modalidad al 225 % o al 350% según la opción elegida.

– Gran Invalidez, cuando se requiere la asistencia de otra persona para realizar los actos mas esenciales de la vida.

– Incapacidad Temporal, se fija el pago una cantidad diaria, para los días en que el asegurado este incapacitado, para realizar su profesión habitual.

– Reembolso de Gastos Médicos, para los casos de libre elección.

– Asistencia  Sanitaria en los centros Concertados por la Aseguradora o de los centros de la Seguridad Social.

– Doble Capital por Accidente de Circulación.

– Renta Mensual por Fallecimiento del Asegurado.

– Muerte del asegurado y su cónyuge en el mismo accidente.

– Gastos de Hospitalización, será acreedor de una indemnización diaria, por cada día hospitalizado.

En los Seguros de Accidentes, se puede cubrir la vida profesional, la vida privada o  las 24 horas. El Infarto de Miocardio, hoy en día, se puede cubrir como accidente de trabajo.

En el ámbito Territorial, existe una tendencia mayoritaria a dar cobertura mundial para algunas garantí­as (muerte e invalidez), mientras que el resto de las garantías, tienen lí­mite territorial en España. Existen muchas pólizas, que todavía señalan un área limitada de cobertura, para las garantías de Muerte e Invalidez, por lo que recomendamos revisar las mismas.

Las Garantí­as dependen de cada Compañía, existiendo gran variedad de coberturas, que hay que acomodar a las necesidades de cada cliente.

Es labor de la Corredurí­a de Seguros, asesorar de manera individualizada a cada Cliente, en base a sus necesidades, ofreciendo este asesoramiento sin costo adicional para el mismo.

Contacte con nosotros y le haremos un presupuesto sin compromisos.

Tenemos una amplia gama de coberturas de accidentes.

  • Muerte por accidente:
    • Muerte de ambos cónyuges con hijos menores o incapacitados
    • Muerte por actos violentos
    • Gasto en el impuesto de sucesiones
    • Saldo de tarjeta de crédito
  • Muerte por accidente de circulación
  • Muerte por accidente cardiovascular (infarto) o cerebro vascular (derrame cerebral)
  • Invalidez permanente por accidente:
    • Invalidez permanente inferior al 100% (Parcial)
    • Invalidez permanente igual al 100% (Total)
    • Coberturas adicionales:
      • Invalidez permanente de ambos cónyuges con hijos menores
      • Invalidez permanente por actos violentos
      • Gastos acondicionamiento vivienda/automóvil
      • Saldo de tarjetas de crédito
      • Adquisición de primera prótesis
      • Gastos de sepelio
  • Gastos médicos por accidente:
    • Gastos médicos, farmacéuticos, hospitalarios, rehabilitación y traslado
    • En centros asistenciales concertados
    • En centros asistenciales de libre elección
  • Cirugí­a plástica y estética por accidente
  • Asistencia familiar
  • Baja laboral por accidente